El pasado 17 de marzo se publicaron en el BOE las Directrices del Plan Anual de Control Aduanero y Tributario de 2025. Como cada año, la Agencia Tributaria establece su estrategia para mejorar el cumplimiento fiscal, facilitando la asistencia al contribuyente y combatiendo el fraude. Estas directrices se articulan en cinco grandes pilares, en los que se introducen diversas novedades que analizamos a continuación.

1. Información y asistencia

Uno de los objetivos principales de la Agencia Tributaria es mejorar la atención a los contribuyentes. Para ello, se reforzará la formación del personal que atiende estos servicios, garantizando respuestas claras y eficientes. Además, se implementará una nueva funcionalidad para obtener cita telefónica en el mismo día y se mejorará la herramienta de chat con una interfaz más intuitiva.

Otra novedad destacada es la habilitación de una nueva modalidad de declaración de la renta, denominada «Renta DIRECTA», que permitirá la presentación automática de la declaración en base solo a los datos fiscales disponibles. Asimismo, se avanzará en la implantación del sistema VERI*FACTU y se habilitará un código QR para cotejar facturas en pequeños negocios.

Por último, se introducirán nuevos medios de pago de tributos mediante tarjeta de débito o crédito y Bizum, facilitando así la operativa para los contribuyentes.

2. Prevención del incumplimiento y fomento del cumplimiento voluntario

En el ámbito de la prevención, se procederá a la depuración del censo de fundaciones, cooperativas y asociaciones. Además, se eliminará el modelo 037 y se intensificarán las campañas para detectar contribuyentes no dados de alta en el censo.

Como medida de simplificación, se habilitará la rectificación de autoliquidaciones del IRPF e IS mediante un nuevo procedimiento de autoliquidación rectificativa. También entrará en vigor la Ventanilla Única Aduanera de la UE, facilitando la recepción de certificados y licencias necesarios para el comercio internacional.

3. Control del fraude tributario y aduanero

3.1. Grupos multinacionales, grandes empresas y grupos fiscales

En 2025, la Agencia Tributaria continuará reforzando sus actuaciones para detectar y corregir prácticas fraudulentas, especialmente en el ámbito de los grupos multinacionales, las grandes empresas y los grupos fiscales. Se intensificará el control del cumplimiento de las obligaciones de información sobre operaciones vinculadas (modelo 232) y de la documentación relativa a precios de transferencia. Para ello, se aplicará un sistema automatizado de análisis de riesgos, que, junto con el conocimiento especializado sobre fiscalidad internacional y la actividad de los grupos empresariales, permitirá identificar con mayor precisión los riesgos a comprobar.

La participación de la Agencia Tributaria en mecanismos de cooperación administrativa avanzada continuará en aumento. Además, se mantendrá la comprobación de las actividades desarrolladas por entidades con estructuras funcionales de bajo riesgo empresarial declarado y con una presencia destacada en la economía.

Recibirá especial atención la erosión de bases imponibles derivada del establecimiento de estructuras en el extranjero donde se concentran beneficios que deberían tributar en España. Paralelamente, se seguirán impulsando medidas para garantizar la eliminación efectiva de la doble imposición, ya sea derivada de actuaciones de la Agencia Tributaria o de la administración de otro Estado con el que exista convenio fiscal, asegurando que dicha eliminación se produzca en plazos razonables.

También se continuará analizando con detalle el uso del régimen especial de consolidación fiscal del Impuesto sobre Sociedades por parte de contribuyentes que no realizan operaciones específicas del régimen, como las incorporaciones o eliminaciones de operaciones internas, siendo esto aplicable específicamente a los grupos fiscales de empresas.

3.2. Contribuyentes no residentes

Se reforzarán las actuaciones destinadas a regularizar situaciones de infraretención en las rentas obtenidas por artistas y deportistas no residentes que actúan sin establecimiento permanente en España. Asimismo, se adaptará el mecanismo de devolución de retenciones en el IRNR sobre dividendos percibidos por no residentes, de acuerdo con la Directiva 2025/50/UE del Consejo, de 10 de diciembre de 2024, con el objetivo de agilizar sus trámites administrativos.

Se priorizarán las comprobaciones de no residentes que no declaran los alquileres de inmuebles situados en España, así como las ganancias patrimoniales derivadas de su venta. También se reforzará el control sobre los no residentes que presenten declaraciones del Impuesto sobre el Patrimonio por obligación real.

3.3. Análisis patrimonial

Se intensificará el control sobre los contribuyentes con discrepancias significativas entre su nivel de vida y signos externos de riqueza, y las rentas o patrimonios declarados. Se pondrá el foco en casos de presunta ocultación de rentas o uso indebido de sociedades instrumentales para desviar gastos personales, situar activos de uso privado o encubrir rendimientos mediante préstamos ficticios.

También se controlará la simulación de residencia fiscal en una comunidad autónoma con fiscalidad más favorable, cuando en realidad se reside en otra, con el objetivo de obtener un beneficio fiscal indebido.

Se mantendrán las tareas de investigación directa sobre contribuyentes con alta capacidad económica, para detectar el uso indebido de estructuras societarias, especialmente en casos en los que se deducen gastos personales como si fueran de la actividad de la sociedad o se usan bienes sociales de manera gratuita o por debajo de precio de mercado.

Por último, se verificará la correcta inclusión de subvenciones corrientes como ingresos en los impuestos directos correspondientes, ya sea IRPF o Impuesto sobre Sociedades.

3.4. Uso abusivo de sociedades

Se mantendrá una vigilancia especial sobre la interposición abusiva o ficticia de sociedades con la finalidad de reducir indebidamente la carga tributaria de un patrimonio o conjunto de patrimonios. También se controlará la titularidad real de bienes ocultos, especialmente en actividades vinculadas a fundaciones.

Se intensificará el control de esquemas societarios diseñados para convertir rentas ordinarias en plusvalías o participaciones en beneficios, con el objetivo de reducir el tipo efectivo de imposición. Asimismo, se verificará la falsa afectación a actividades económicas de bienes o servicios vinculados al sector del lujo. En este contexto, se comprobarán e investigarán especialmente las operaciones acogidas al régimen FEAC de aportaciones no dinerarias, así como las sociedades inactivas o con facturación irregular.

Además, se ampliará el análisis patrimonial global de contribuyentes con perfiles de riesgo elevado, especialmente en casos de fragmentación artificial de la actividad para reducir la tributación directa.

3.5. Actividades económicas

La Agencia Tributaria mantendrá su presencia durante 2025 en sectores y modelos de negocio con alto riesgo de economía sumergida, especialmente cuando:

  • No se acepten medios de pago electrónicos o bancarios.
  • Se haga un uso intensivo de efectivo.
  • Se recurra a medios de pago radicados en el extranjero.
  • Se detecte una evolución anómala de la rentabilidad o de las existencias.
  • Se utilicen sistemas informáticos para ocultar ventas.
  • No se registren ingresos por tarjetas de crédito cuando son habituales en el sector.

En materia de IVA, se priorizará el control sobre:

  • Tramas de fraude organizado a nivel nacional e intracomunitario, especialmente en el sector de vehículos, importaciones de productos asiáticos e hidrocarburos.
  • Devoluciones por inversiones que impliquen cambios en la afectación del bien o incumplimientos del requisito de afectación a la actividad económica.
  • Devoluciones de pequeño importe.
  • Servicios declarados con tipo reducido (10%) que, por la relevancia del componente material aportado, deberían tributar al 21% (por ejemplo, en el sector de la construcción).
  • Operaciones de vendedores acogidos al régimen de ventanilla única (OSS), en coordinación con otros Estados miembros.

En materia de Impuesto sobre Sociedades, se investigará la correcta:

  • Consignación de BINS y créditos fiscales pendientes de aplicar.
  • Aplicación de deducciones, especialmente las vinculadas a la industria audiovisual.
  • Tributación de las SOCIMI y de las entidades parcialmente exentas.

Otras actuaciones destacadas de control:

  • Revisión de los criterios de aplicación del régimen sancionador, centrando los esfuerzos en las conductas de mayor gravedad.
  • Control de declaraciones relacionadas con criptoactivos, aprovechando la información obtenida mediante los modelos 172, 173 y 721.
  • Verificación del cumplimiento de los requisitos para formar parte del ROI, REDEME o del registro de extractores de depósitos fiscales.
  • Aumento de visitas a establecimientos para revisar TPV y programas de facturación.
  • Recogida de información sobre proveedores de servicios de pago virtual, neobancos y plataformas de inversión o pago con monedas virtuales.

4. Control del fraude en fase recaudatoria

En la fase recaudatoria, se reforzarán los controles sobre estrategias de vaciamiento patrimonial y sobre contribuyentes que presenten autoliquidaciones sin ingreso. El análisis del riesgo recaudatorio continuará intensificándose, con actuaciones preventivas sobre aquellos obligados que puedan convertirse en deudores.

Se impulsará el embargo de TPV y se agilizará el embargo de dinero, eliminando su tramitación mensual. En este sentido, se modificará la Resolución de 16 de diciembre de 2011 para configurar un procedimiento más eficaz, que elimine la periodicidad mensual y las restricciones en las fechas de envío de diligencias de embargo a través del canal EDITRAN. Estos cambios irán acompañados de la implementación de servicios web que sustituyan el canal actual.

Asimismo, se continuará aplicando la derivación de responsabilidad y medidas cautelares para garantizar el cobro de deudas, así como actuaciones de investigación para identificar terceros responsables o personas legalmente obligadas al pago.

En el ámbito concursal, se intensificará el seguimiento de los concursos sin masa patrimonial, con el objetivo de detectar su carácter fraudulento y, en su caso, fomentar acuerdos singulares, propuestas de convenio o planes de continuidad.

5. Colaboración entre la Agencia Tributaria y las Administraciones Autonómicas

Por último, se reforzará la colaboración con las Administraciones Tributarias autonómicas mediante un mayor intercambio de información en áreas clave como datos censales, certificaciones de eficiencia energética, operaciones financieras, operaciones de reducción de capital social con atribución de bienes o derechos de la sociedad a sus socios y los préstamos entre particulares. Asimismo, se aumentará el control sobre donaciones no declaradas y operaciones de disolución de sociedades.

Conclusión

Este nuevo Plan Anual pone el foco en una gestión tributaria más moderna, cercana y eficaz. La Agencia Tributaria sigue apostando por mejorar la asistencia al contribuyente, reforzar el control sobre comportamientos irregulares y estrechar la colaboración con otras administraciones.

Desde Basic Grup, estaremos a su disposición para resolver cualquier duda o valorar cómo pueden afectar estas medidas a su actividad.